-AGRIDULCE: LA JUSTICIA EN MÉXICO ES LENTA Y LO GRAVE QUE AL FINAL, NO ES JUSTICIA.
-SCJN SIN RESOLVER EL DESAFUERO DE CDV.
AGRIDULCE. Expresiones y más.
Por el Mtro. José A. ORDÓÑEZ González.
En México, Los tribunales están obligados a administrar justicia, de una manera pronta y expedida; al menos así lo mandata el artículo 17 constitucional.
El segundo párrafo del numeral 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece:
“Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes, emitiendo sus resoluciones de manera pronta, completa e imparcial. Su servicio será gratuito, quedando, en consecuencia, prohibidas las costas judiciales.
De acuerdo al diccionario de la real Academia Española, por expedito o expedita se entiende:
-Que carece de obstáculos, estorbos o inconvenientes.
«camino expedito»
-[persona] Que habla o actúa sin trabas o ataduras.
«a Luis, el ser franco y expedito le ha creado más de un problema»
En materia jurídica por expedito debemos entender:
“Despejado, libre de estorbos u obstáculos”.
Al respecto, la tesis 2a. L/2002, de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuyo rubro es: «ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. EL ARTÍCULO 17 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS ESTABLECE DIVERSOS PRINCIPIOS QUE INTEGRAN AQUEL DERECHO PÚBLICO SUBJETIVO, A CUYA OBSERVANCIA ESTÁN OBLIGADAS LAS AUTORIDADES QUE REALIZAN ACTOS MATERIALMENTE JURISDICCIONALES.», nos orienta respecto a lo que debemos entender en lo relativo a estos principios, siendo éstos los siguientes:
“1. JUSTICIA PRONTA- Que se traduce en la obligación de las autoridades encargadas de su impartición, de resolver las controversias ante ellas planteadas, dentro de los términos y plazos que para tal efecto se establezcan en las leyes; “
“2. JUSTICIA COMPLETA- Consistente en que la autoridad que conoce del asunto emita pronunciamiento respecto de todos y cada uno de los aspectos debatidos, cuyo estudio sea necesario; y garantice al gobernado la obtención de una resolución en la que, mediante la aplicación de la ley al caso concreto, se resuelva si le asiste o no la razón sobre los derechos que le garanticen la tutela jurisdiccional que ha solicitado;”
“3. JUSTICIA IMPARCIAL- Que significa que el juzgador emita una resolución, no sólo apegada a derecho, sino, fundamentalmente, que no dé lugar a que pueda considerarse que existió favoritismo respecto de alguna de las partes o arbitrariedad en su sentido; y,”
“4. JUSTICIA GRATUITA- Que estriba en que los órganos del Estado encargados de su impartición, así como los servidores públicos a quienes se les encomienda dicha función, no cobrarán a las partes en conflicto emolumento alguno por la prestación de ese servicio público.”
En el caso del desafuero del señor Francisco Javier García Cabeza de Vaca, pareciera que transita por un camino lleno de obstáculos y estorbos provocados por el propio Ministro González Alcántara Carrancá, con lo que se ha logrado prolongar este asunto de la controversia constitucional 50/2021, que dicho sea de paso tiene más de un año durmiendo el sueño de la injusticia para el pueblo tamaulipeco, en el despacho del truculento juzgador, por aquello de haber enredado este asunto al desechar en un inicio dicho recurso, con argumentos fuera de lugar, para asegurar en ese acuerdo que CDV no podría ser aprehendido, sino hasta que concluyera su mandato.
Recientemente González Alcántara Carrancá, ha diferido en dos ocasiones la resolución en el pleno de la Primera Sala de la SCJN, la primera ocasión el 1 de junio y la segunda el día 8 de este mes, sin existir fecha para su definición. Trabas y obstáculos que el mismo ministro le impone a este tenebroso asunto, por lo que su complicidad resulta obvia, máxime que su sobrino DANIEL CARRANCÁ DE LA MORA, como abogado particular, representa ante el más alto Tribunal, al señor Cabeza de Vaca. Así o mas evidente esa red de trafico de influencias y de la justicia al mejor postor.
Tampoco privilegia la SCJN que la justicia sea pronta, pues en este caso debería resolver los asuntos dentro de los términos y plazos que la ley establece. En este asunto, el desafuero reclamado ante esa última instancia judicial, lleva en tramite un poco más de un año, lo que sin duda hace nugatorio el derecho de los tamaulipecos por obtener una justicia pronta, prolongando con ello la permanencia del señor feudal de los cuernos en la entidad, con las graves repercusiones que ha tenido ese actuar negligente de los ministros de la Corte involucrados, en perjuicio del pueblo.
Ya no digamos del derecho de los tamaulipecos a la justicia completa, puesto que la SCJN no ha emitido la resolución en este caso, y por ende no podemos dilucidar si la misma abarcó todos los agravios que el señor todopoderoso de los vientos azules provocó en el pueblo de Tamaulipas.
El ministro citado, han mostrado favoritismo respecto de gobernador desaforado por la Cámara de Diputados, consecuentemente es clara y evidente su arbitrariedad y parcialidad para favorecer a CDV.
A mis cinco lectores les digo que el segundo párrafo del artículo 17 Constitucional, obliga que la justicia que se imparta sea gratuita, lo que significa que servidores públicos a quienes se les encomienda dicha función, no cobrarán a las partes en conflicto emolumento alguno por la prestación de ese servicio público. Sin embargo, argumentan los morenistas, que el poder corruptor del interesado (se habla de muchos millones), alcanzó al propio ministro mediante la intermediación inicial de Julio Scheler Ibarra y del abogado DANIEL CARRANCÁ DE LA MORA, sobrino del juzgador.
AGRIDULCE resulta para los mexicanos, en especial para los nativos de Tamaulipas, que la Justicia que imparten algunos ministros de la SCJN es tardía, lenta, parcial, incompleta y en casos como este, privilegian al mejor postor, torciendo la Constitución y las leyes a su antojo, con interpretaciones sacadas de mentes perversas, arbitrarias y corruptas; con sus honrosas excepciones, pero al menos González Alcántara Carrancá y otro ministro de esa primera Sala, están en sintonía para vender la justicia en el caso comentado.
Al final, la justicia que es lenta, no es Justicia. ¡HE DICHO ¡