

-AGRIDULCE: PARA FISCAL GENERAL, UN RESPETABLE ABOGADO DE TAMAULIPAS.
-DESAFORTUNADA DECLARACIÓN DE LA DIPUTADA ÚRSULA SALAZAR, AL DECIR QUE EL CONGRESO NO DECIDE SI EL FISCAL SE VA o SE QUEDA.
AGRIDULCE, EXPRESIONES y MÁS.
Por el Mtro. José A. ORDÓÑEZ González.
Fuentes cercanas al ámbito de Procuración de Justicia en Tamaulipas, me aseguran que en los próximos días, el Fiscal General IRVING BARRIOS se va, y no precisamente en los mejores términos.
Ya se empieza a manejar el nombre del sucesor. Todo indica que será un respetable y honorable abogado originario de Tamaulipas quien tomará las riendas de la Fiscalía, e inclusive se comenta que viene con mano dura, con la instrucción del gobernador de limpiar la institución de los malos elementos y de la lacerante corrupción que impera al interior.
Por cierto, hace un par de meses, un abogado de quinta, del norte de la entidad, que tuvo una representación en el ámbito electoral el año pasado, anduvo recorriendo las distintas sedes de la Fiscalía repartiendo cargos, afirmando que sería el próximo fiscal. Me dicen que hasta moches le entregaron algunos ilusos a este “pasado de vivo”, para asegurar un lugar en la institución.

Lo que si me consta que el nombre del abogado de Tamaulipas, que pudiera ser postulado para ese importantísimo encargo, es un hombre probo, honorable, respetado por la comunidad de litigantes y conocedor del derecho. Y se ha manejado de tal manera, que con todo y que resido en la entidad, y pertenezco a Colegios de abogados, su discreción ha sido evidente. Ese es el tipo de persona -mesurado, tranquilo, decente, respetable y discreto- que requiere la Fiscalía y por ende los tamaulipecos. Es un Moreno de morena.
Por otra parte, resulta desafortunada y errónea la reciente declaración de ÚRSULA PATRICIA SALAZAR MOJICA, diputada local y titular de la Junta de Coordinación Política del Congreso de Tamaulipas, al manifestar públicamente que no compete al Congreso decidir si el Fiscal se va o se queda.
Sin duda que, por eso, lo primero que debe atender alguien que está a punto de asumir un cargo público, es investigar cuales son las facultades, atribuciones y obligaciones inherentes a la posición que llegará ocupar. Y a la postre contar con un abogado de excelencia que le asesore para que no cometer las pifias como la del día de ayer corrió a cargo de la legisladora SALAZAR MOJICA.
Respecto a ese tema, la fracción IV del artículo 125 de la Constitución del Estado de Tamaulipas, establece:
“IV. El Fiscal General podrá ser removido por el titular del Ejecutivo únicamente por las causas graves que establezca la ley. La remoción deberá ser aprobada dentro del plazo de diez días por el voto de al menos dos terceras partes de los miembros del Congreso del Estado. En caso de negativa o vencido el plazo, el Fiscal General permanecerá en el cargo y no podrá ser removido por los mismos hechos que originaron el procedimiento.
De la simple lectura del numeral trascrito se desprende que el Gobernador formalizará ante el Congreso Local, la remoción del Fiscal General por alguna causa grave que establece la ley, y serán los diputados quienes al final decidirán sobre esa remoción, para lo cual se requiere que 24 de los 36 legisladores voten en eses sentido (las dos terceras partes). Lo que significa que el Congreso si participa en la remoción del fiscal.
Las causas graves que pudieran dar lugar a la remoción del Fiscal General se debe atender a lo que señala el artículo 14 de la Ley Orgánica de la Fiscalía de Tamaulipas; que nos remite a los supuestos contemplados en los numerales 51, al 64 Ter, de la Ley General e Responsabilidades Administrativas, respecto de: Cohecho, Peculado, desvío de recursos públicos, utilización indebida de información privilegiada, abuso de funciones, nepotismo, actuar bajo conflicto de interés, simulación de actos jurídicos, entre otros.
A mis lectores les comento que también podrá ser removido cuando se dicte al Fiscal, auto de vinculación a proceso por uno o varios delitos que ameriten prisión preventiva oficiosa, como: abuso o violencia sexual contra menores, delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, violación, secuestro, trata de personas, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales, corrupción tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones, robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares, delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea, así como los delitos graves que determine la ley en contra de la seguridad de la nación, el libre desarrollo de la personalidad, y de la salud (artículos 19 Constitucional y 167 del Código Nacional de Procedimientos Penales); o sea condenado por delito doloso.
Lo AGRIDULCE del primer tema es que la posición de Fiscal debe recaer en un abogado tamaulipeco, de conducta intachable, probo, respetable, honorable, preparado y con la visión de mejorar la Procuración de justicia, no en un improvisado y por cierto precedido de mala fama pública, que reparte los cargos de antemano. Y respecto a lo comentado por la diputada ÚRSULA SALAZAR, ojala sea de las personas que aprenda de sus errores y busque un buen asesor para evitar otros comentarios desafortunados y fuera de lugar.
Al final nadie es perfecto, debemos esforzarnos por mejorar cada día y buscar la excelencia, concebida no como un acto, sino como un hábito. ¡HE DICHO ¡