• Dom. Sep 15th, 2024

ELUDE OTRO OBSTÁCULO LA LEY DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA EN LA SCJN.

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-ELUDE OTRO OBSTÁCULO LA LEY DE LA INDUSTRIA ELÉCTRICA EN LA SCJN.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación, sobreseyó la controversia constitucional que promovió la Comisión Federal de Competencia Económica en contra de la Ley de la Industria Eléctrica, al determinar que no invade sus facultades y que no cuenta con interés legítimo para accionar la impugnación.

Cabe señalar que, durante la sesión de este lunes, el Pleno discutió el proyecto elaborado por la ministra Loretta Ortiz, para resolver el asunto 44/2022, en atención a la impugnación de la Comisión, la cual alegó la invasión de sus facultades respecto al mercado energético.

De la participación del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo se desprende que la demanda de la COFECE no está encaminada a defender su ámbito competencial, sino que cuestiona la afectación a la libre competencia y la generación y comercialización de la energía eléctrica, sobre la cual, no tiene participación.


Derivado de lo anterior, la Comisión Federal no tiene interés legítimo para accionar la controversia constitucional, pues, en realidad, lo que se pretende es defender los principios constitucionales de competencia económica y libre concurrencia en el mercado de la generación de electricidad y en la comercialización de ésta, lo cual, no incide en una afectación a sus competencias de forma directa máxima porque esta condición no tiene participación alguna en el mercado eléctrico.

Con esos argumentos, el ministro Jorge Mario Pardo estimó que en este caso procede el sobreseimiento por falta de interés legítimo.

Se sumaron a lo argumentado por Pardo Rebolledo, los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Juan Luis González Alcántara Carrancá y del ministro presidente Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, la ministra ponente optó por ajustar el proyecto en estos términos.

En ese tenor, se destaca que la exposición del ministro Pardo, de por qué en este caso concreto no tiene interés legítimo la Comisión Federal de competencia, fue muy claro, porque se trata de un mercado que no le toca regular a ella.


Con todos los argumentos referidos y con el voto a favor del proyecto modificado por parte de la ministra Yasmín Esquivel, la Suprema Corte declaró sobreseído el asunto, es decir, lo desestimó por falta de causas que justifiquen la acción.

El ministro presidente anunció que mañana se llevará a cabo la votación para aprobar el acta de la sesión previa del 7 de abril, fecha en la cual también se desestimó la acción de inconstitucionalidad promovida por senadores de oposición.

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